Ética deontológica
3 Para un ejemplo famoso de esto, véase Andrew Stark, “What’s the Matter with Business Ethics?”, 71 Harv. Bus. Rev. 38 (1993). Véase también Thomas Donaldson y Thomas W. Dunfee, “Integrative Social Contracts Theory: A Communitarian Conception of Business Ethics”, 11 Econ. & Phil. 85, 87 (1995).
4 Empleo esta expresión para evitar la confusión que se genera al referirse a las teorías estrictamente normativas como “teorías de la responsabilidad social de las empresas”. Esta última expresión se ha utilizado para referirse no sólo a las teorías normativas, que intentan identificar las obligaciones éticas filosóficamente verificables de las empresas y los empresarios, sino también a las teorías que son pura o parcialmente descriptivas o instrumentales por naturaleza, como las que se centran en la capacidad de respuesta de las empresas o los empresarios a las expectativas o demandas de la sociedad. De hecho, históricamente hablando, el concepto de responsabilidad social de las empresas surgió como respuesta a un creciente nivel de crítica del sistema empresarial en general y del poder y los privilegios de las grandes empresas en particular, véase Thomas M. Jones. “Responsabilidad social de las empresas: Revisited, Redefined”, 22 Cal. Bus. Rev. 59, 59 (1980), y, en cierta medida, como reacción contra la teoría del accionista, una de las teorías normativas que se examinarán en el cuerpo de este artículo. En consecuencia, las teorías de la responsabilidad social de las empresas deberían considerarse probablemente como un género del que las teorías normativas de la ética empresarial son una especie.
Egoísmo ético
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La ética normativa se distingue de la metaética en que la primera examina las normas sobre lo correcto y lo incorrecto de las acciones, mientras que la segunda estudia el significado del lenguaje moral y la metafísica de los hechos morales. Del mismo modo, la ética normativa se distingue de la aplicada en que la primera se ocupa más de “quién debe ser” que de la ética de una cuestión concreta (por ejemplo, si el aborto es aceptable, o cuándo). La ética normativa también se distingue de la ética descriptiva, ya que esta última es una investigación empírica de las creencias morales de las personas. En este contexto, la ética normativa a veces se denomina prescriptiva, en contraposición a la ética descriptiva. Sin embargo, en ciertas versiones de la visión metaética del realismo moral, los hechos morales son descriptivos y prescriptivos al mismo tiempo.
Teoría normativa
La ética normativa tiene tres subcampos principales: la ética de la virtud, la deontología y el consecuencialismo. Nos centraremos en la deontología y el consecuencialismo porque estos dos subcampos se ocupan de cómo determinar en qué consisten las acciones éticas. La deontología y el consecuencialismo son dos enfoques diferentes para determinar la corrección moral de una acción. La deontología considera la acción en sí misma, independientemente del resultado. En muchos sentidos, la ética deontológica se centra en las reglas del comportamiento correcto. El consecuencialismo es un marco ético que se centra en el resultado final del comportamiento y puede justificar actos como mentir, robar o incluso la violencia si el resultado final aporta el mayor beneficio a todos los que tienen una posición moral.
Recuerda la viñeta de Calvin y Hobbes de la sección anterior. Es una ilustración divertida del debate fundamental entre deontología y consecuencialismo. Consideremos un ejemplo que entra dentro del ámbito de este curso. ¿Es el acto de talar la cubierta forestal fundamentalmente contrario a la ética? ¿Es aceptable hacerlo si el resultado final es más beneficioso, como evitar la propagación de incendios forestales o proporcionar los recursos necesarios a los seres humanos? No es una pregunta fácil de responder. Y es de esperar que se haya dado cuenta de que plantea una cuestión ética igualmente importante: ¿tienen los árboles (o los bosques) un valor intrínseco? Analizaremos esta última cuestión con más detalle dentro de un momento.
Moral normativa
La ética normativa es una rama de la filosofía moral o ética que se ocupa de los criterios de lo que es moralmente correcto e incorrecto. Incluye la expresión de diferentes normas morales que repercuten directamente en las acciones de cualquier individuo, de cualquier instituto, y en cómo debe ser su vida.
Respuesta : La “ética normativa” es un vasto campo que se ocupa de la articulación y la justificación de todos los principios fundamentales que rigen las cuestiones. Es el componente principal de la investigación en el campo de la ética filosófica; los otros dos componentes son la metaética y la ética aplicada.
Respuesta: La palabra “normativo” procede de la palabra “norma” y es un adjetivo. En el contexto de la filosofía, la palabra norma significa estándar, reglas o principios. Por ejemplo, las reglas de las operaciones aritméticas también son normativas en el sentido de la filosofía.