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Teoria de la pena

Cuatro teorías del castigo penal

Los cambios en la política estadounidense han provocado cambios en los fines teóricos de la imposición de penas. Durante el apogeo del liberalismo en las décadas de 1960 y 1970, los poderes judicial y ejecutivo (por ejemplo, las juntas de libertad condicional) ejercían el poder en materia de imposición de penas. Los legisladores diseñaban las leyes de imposición de penas pensando en la rehabilitación. Más recientemente, durante las décadas de 1980 y 1990, políticamente conservadoras, los legisladores se hicieron con el poder sobre la imposición de penas, y una combinación de teorías -disuasión, retribución e incapacitación- han influido en las leyes de imposición de penas.

¿Puede el miedo desalentar la delincuencia? Se ha debatido mucho sobre si la disuasión funciona. Sus defensores afirman que el castigo disuade si se administra con celeridad (rapidez), certeza y severidad. Hay que distinguir entre disuasión general y específica. La disuasión general utiliza a la persona condenada por un delito como ejemplo para inducir al público a abstenerse de conductas delictivas, mientras que la disuasión específica castiga a un delincuente para disuadirle de cometer delitos en el futuro. Los críticos señalan los altos índices de reincidencia (recaída en el delito) de las personas condenadas a prisión como prueba de la falta de eficacia de la disuasión específica. Los críticos también señalan que existen límites al impacto de la disuasión general. Algunos delitos, como los pasionales y los cometidos bajo los efectos de las drogas, no pueden disuadirse porque sus autores no sopesan racionalmente los beneficios frente a los costes (que incluyen el castigo) antes de infringir la ley. Por último, las investigaciones sugieren que el efecto disuasorio del castigo es débil.

¿Cuáles son las 4 teorías comunes del castigo?

Existen principalmente cuatro teorías del castigo. Estas teorías son la teoría disuasoria, la teoría retributiva, la teoría preventiva y la teoría reformadora.

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¿Cuáles son las 6 teorías del castigo?

Jurisprudencia: Dr. Jacob contra el Estado de Kerala: El tribunal supremo declaró que el castigo debe ser disuasorio, retributivo, preventivo, expiatorio, compensatorio, incapacitador y utilitario.

Teoría retributiva

Victor Tadros (2013: 261) plantea una preocupación importante acerca de esta respuesta a la objeción de Hart, a saber, que si una persona ya estuviera sufriendo, entonces la situación podría mejorar si la persona se involucrara en el mal, haciendo así que el sufrimiento fuera valioso. Una forma de evitar esta implicación no deseada es decir que el valor negativo del mal superaría cualquier aumento de valor en el sufrimiento, y que el mal sigue estando deontológicamente prohibido, incluso si de alguna manera mejorara la imagen de valor (véase Alexander & Ferzan 2018: 187-188). Pero esta respuesta deja intacta la idea de que, no obstante, ocurre algo valioso si una persona que sufre comete un delito: su sufrimiento al menos ahora encaja (véase Tadros 2015: 401-403). En la medida en que los retributivistas consideren esto una implicación no deseada, tienen razones para decir que el sufrimiento es valioso sólo si se impone por un mal cometido. Esta conexión es la preocupación de la siguiente sección.

Sanciones por delitos

Durante mucho tiempo, el derecho penal ha estado impregnado de un enigma: ¿por qué se castiga de forma diferente a dos delincuentes que cometen el mismo acto delictivo cuando uno de ellos, debido a circunstancias ajenas a su voluntad, causa más daño que el otro? Esta tradición de castigo diferencial basado en el resultado -la práctica de variar el castigo de los delincuentes en función de si causan o no “daños legales” específicos- ha constituido durante mucho tiempo un problema insoluble tanto para los académicos como para los juristas.

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Este artículo propone una solución a este antiguo problema conceptual. Comenzamos introduciendo una dicotomía entre dos categorías amplias y exhaustivas de justificaciones ideológicas para castigar a los delincuentes. La primera categoría, las justificaciones orientadas al delincuente, incluye muchas de las teorías del castigo más conocidas: disuasión, retribución, incapacitación y rehabilitación. Estas teorías orientadas al delincuente pretenden justificar el castigo únicamente sobre la base de hechos relativos al delincuente, como su comportamiento, sus estados mentales y el nivel de peligrosidad percibido. Sin embargo, como demostramos, debido a que las teorías centradas en el delincuente se basan exclusivamente en hechos sobre el delincuente y su conducta, y no en la ocurrencia de un daño fuera del control del delincuente, no pueden proporcionar una justificación adecuada para la práctica del castigo diferenciado.

Motivos del castigo

(1) la imposición de alguna privación, trato duro, sufrimiento u otro desagradable más allá de la mera censura o estigma social (y distinto de cualquier desagradable que pueda suponer la indemnización a la víctima).

Como se verá, esta definición, con algunas modificaciones, sigue la definición estándar de Flew-Benn-Hart. Véase, en general, Antony Flew, “The Justification of Punishment” (1954) 29 Philosophy 291; Stanley I. Benn, “An Approach to the Problems of Punishment” (1958) 33 Philosophy 325; H.L.A. Hart, “Prolegomenon to the Principles of Punishment” en Punishment and Responsibility (Nueva York y Oxford: Oxford University Press, 1968) en 1.

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3. Habitualmente, se espera que una teoría del castigo aborde al menos las siguientes cuestiones: (a) ¿Cuál es la definición de “castigo”? (b) ¿Cuál es la justificación para tener un sistema o institución de castigo? (c) ¿Quién debe ser castigado? (d) ¿Cuánto debe castigarse a los delincuentes, o cómo debe determinarse el calendario de delitos y castigos? (e) ¿Cuánto castigo debe recibir este delincuente en particular? En este documento, me ocupo de (b), (c) y (d).

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