Teoría General de la Relatividad de Einstein | Clase 1
Para Kelsen, el derecho debe ser un conjunto de obligaciones separables de su andamiaje institucional y, más concretamente, obligaciones que existen estén o no asociadas a la coacción. Ciertamente tenemos obligaciones, pero tales obligaciones deben existir con independencia de que se nos obligue o no a actuar en consecuencia. De lo contrario, no existirían las obligaciones, sino las cosas que otros nos manipulan o nos obligan físicamente a hacer. Podríamos decir, más sucintamente, que “una obligación es una obligación”, estemos o no obligados a cumplirla. La investigación científica que Kelsen nos anima a emprender consiste en descubrir, comprender y analizar las obligaciones relacionadas con el Derecho, no con la moral.
La teoría pura del derecho de Hans Kelsen: La Norma Fundamental y el Derecho
Una condición de paz se hace necesaria cuando el intercambio asume la naturaleza de un fenómeno regular. En aquellos casos en los que las condiciones previas para la preservación de la paz eran demasiado escasas, las partes que realizaban el intercambio preferían no encontrarse entre sí, sino ver las mercancías en ausencia de la otra parte. Pero, en general, el intercambio requiere que se encuentren no sólo las mercancías, sino también las personas. En la época de la vida en clan, todo forastero era considerado un enemigo y estaba tan indefenso como una bestia salvaje. Sólo la costumbre de la hospitalidad hacía posible las relaciones con otras tribus. En la Europa feudal, la Iglesia trató de limitar las guerras privadas ininterrumpidas, proclamando la llamada paz de dios (para tiempos concretos). Al mismo tiempo, las ferias y los mercados locales empezaron a gozar de privilegios especiales en este sentido. Los comerciantes que acudían al mercado recibían un salvoconducto especial, sus propiedades estaban garantizadas frente a la apropiación arbitraria; al mismo tiempo, el cumplimiento de los contratos estaba salvaguardado por jueces especiales. De este modo, se creó un ius mercatorum o ius fori especial que constituyó la base del derecho de la ciudad.
Teoría del Derecho Natural: Crash Course Philosophy #34
AbstractThe 2019 Law and Development Review Special Issue features two articles that apply the general theory of law and development to explain the development process of Botswana and South Africa. Este artículo ofrece una visión condensada de la teoría general para comodidad de los lectores que deseen captar los elementos esenciales de los marcos teóricos bajo los cuales los dos artículos examinan los casos de desarrollo.
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Conferencia Bernstein 2009 | William Twining, Normativa y Derecho
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Al final de su carrera, mientras estaba en la Universidad de California, Berkeley, aunque oficialmente retirado en 1952, Kelsen reescribió su breve libro de 1934, Reine Rechtslehre (Teoría Pura del Derecho), en una “segunda edición” muy ampliada publicada en 1960 (apareció traducido al inglés en 1967). A lo largo de su activa carrera, Kelsen también contribuyó de forma significativa a la teoría de la revisión judicial, a la teoría jerárquica y dinámica del derecho positivo y a la ciencia del derecho. En filosofía política fue defensor de la teoría de la identidad Estado-derecho y partidario de la contraposición explícita de los temas de centralización y descentralización en la teoría del gobierno. Kelsen fue también un defensor de la postura de separación de los conceptos de Estado y sociedad en su relación con el estudio de la ciencia del derecho.